Reglas para operar una estancia infantil Sedesol

La Sedesol apoya a madres y padres solteros para emprender el negocio de una estancia infantil, así al tiempo que cuidas a tus propios hijos, generas un ingreso familiar.

Hay dos posibles caminos: el primero es que gestiones desde cero una estancia infantil, o bien, si ya tienes una guardería en operación, y cumplan con los criterios que establece el programa, puedes afiliarla y recibir el apoyo.

Conoce aquí los requisitos personales y montos de ayuda económica.

Paso a paso para operar una estancia infantil

  1. Entregar en la delegación Sedesol de tu localidad la siguiente documentación:
  • Solicitud de apoyo, haz clic para descargarla
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio del inmueble propuesto.
  • Carta de recomendación de tres personas, e identificaciones oficiales
  • Estado de cuenta bancario.
  • Documentos que acrediten la propiedad o posesión del inmueble.
  • Documento emitido por la autoridad competente en materia de Protección Civil en el que avale que el inmueble propuesto para Estancia Infantil no se encuentra ubicado a menos de 50 metros de áreas que representen un alto riesgo.
  • La titular de la estancia infantil y al menos una de las asistentes deben contar con certificado en el estado de competencia ECO435 o ECO024. Puedes obtenerlo en conocer.gob.mx
  • Certificado mínimo de bachillerato.

2. En un plazo de cinco días naturales, a partir de la recepción de documentos, la Sedesol verificará el cumplimiento de los requisitos y validará toda la documentación.

3. En caso de estar todo en regla, la Sedesol te llamará para la aplicación de la evaluación psicométrica.

4. En un plazo no mayor a 10 días naturales, a partir de la fecha en la que se le dio aviso del resultado aprobatorio de la evaluación psicométrica, personal de la institución visitará el inmueble propuesto para operar como estancia infantil, a fin de determinar la viabilidad del mismo.

5. En caso de ser viable, te informarán mediante oficio la aprobación del inmueble y las recomendaciones y adecuaciones necesarias para prestar el servicio de cuidado y atención infantil.

6. Antes de iniciar operaciones, deberás presentar el Programa Interno de Protección Civil o documento equivalente vigente, que avale que el entorno de la estancia infantil ofrece condiciones adecuadas para brindar el servicio; así como licencias, permisos o autorizaciones del inmueble aplicables a los centros de cuidado y atención infantil, requeridos por las autoridades correspondientes.

7. Otro requisito para poder operar tu estancia infantil es la póliza de seguro de Responsabilidad civil y daños a terceros.

8. Una vez que tengas las autorizaciones de Sedesol, deberás cursar una capacitación acerca del programa.

9. En caso de que la delegación apruebe el presupuesto, felicidades, el siguiente paso es la firma del Convenio de Concertación Inicial.

Como verás, el trámite es sencillo, pero está conformado de varios pasos que debes seguir, para llevar a buen término esta iniciativa y ser parte de los beneficiarios de este programa social.

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